"Hasta ahora, los filósofos han tratado de comprender el mundo; de lo que se trata sin embargo, es de cambiarlo" Karl Marx

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miércoles, 6 de octubre de 2010

El 12 de octubre no es un feriado más…

     A días del maldito 12 de octubre, fecha en la que comenzó el mayor genocidio de la historia; vale la pena ponerse a pensar, a reflexionar y tener presente este artículo de la Constitución de la Nación Argentina:

                                            Artículo 75, Inciso 17.
 
     Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos.     
     Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades; y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable ni transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos.
Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones.

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